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Edificio ACACIAS IV - BENIDORM (Alicante)
Blog de Beatriz Aramburu
269 apartamentos y locales - 200.000 euros presupuesto anual.

En el año 2012 Vocal y Gestor de cuentas
Periodista ciudadana 2.0
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LEY PROPIEDAD HORIZONTAL - Actualizada Junio 2013


sábado, 29 de agosto de 2015

JUNTA X



Sigo narrando los desatinos de la lumbrera.

(Lo escrito en bastardilla es lo que se dijo al pie de la letra)

1:03:04-1:04:44
ABOGADO XXXXXXXX
…aquí para contarlo, vamos a ver, el Sr. xxxxxxxxxxxxx, del xxxxxxxxxx, (confunde el apellido) lo tengo atravesado, lleva veinte años ejerciendo como administrador de fincas. Antes de estar de estar en Benidorm estaba en xxxxxxx. Administraba según me contó xxxxxxx, unas ciento sesenta comunidades de menor tamaño de las que se tienen aquí en Benidorm. ¿De acuerdo? Actualmente gestiona treinta y tantas comunidades, con lo cual, se presupone que la antigüedad del desarrollo de su profesión y el número de comunidades que tiene aparte de que se han acreditado los diversos títulos que le facultan  y que (¿?). Se han aportado títulos en materia de contabilidad, en materia de… títulos otorgados por las asociaciones privadas de de administradores de fincas, etc. Se ha acreditado también la pertenencia a una asociación de administradores de fincas, bueno, está suficientemente acreditado porque no hay  un requisito de licenciatura para ejercer. No se está pidiendo que el administrador tenga que ser abogado, que ser veterinario, sino simplemente acredite solvencia, solvencia, capacidad. Bien, en relación con el tema de los motores, esta señora lo curioso es que impugna que dice que le provocan ruidos.

¿En su pueblo administraba ciento sesenta comunidades? ¿Para que emigrar? ¿Cómo es que dice la gente que era guardia jurado?

¿Gestiona treinta y tantas comunidades aquí?
Presuntamente y según me dicen solo tiene una empleada fija y algunas eventuales que aparecen ocasionalmente, sobre todo cuando vamos a tener junta en el sotanillo. ¿Cómo es eso? Esa empleada deber ser alguien increíblemente eficaz.

Los presupuestos que llevé de otras administraciones y que no se me permitió ni leer y explicar a los presentes, por cierto más baratos y asegurándome que se podían reducir nuestros gastos anuales alrededor de un 30 %, son administraciones muy prestigiosas en esta ciudad con oficinas amplísimas y con 7 y 8 empleados, salas de juntas espaciosas, con audiovisuales, butacas, dos accesos, luminosas, etc.

Habla de la antigüedad de su profesión, de los títulos otorgados por asociaciones privadas de administraciones de fincas, títulos en materia de contabilidad, pertenencia a una asociación de administradores de fincas, etc. etc.

Aclaremos: Una asociación de administradores de fincas privada tiene la misma base legal, oficial y jurídica que una asociación de amas de casa. No es lo mismo una asociación que un colegio oficial.
Tiene un cursillo de Gestor Inmobiliario y punto. El diploma lo tiene nada más entrar en la pared de la izquierda..
Dice no hace falta ser licenciado, etc. La gente comenta que no tiene ni el bachiller.

Solvencia dice, con el disparate de lo que está ocurriendo aquí, intentando aplastar y silenciar a una propietaria atacándola a las malas, con estrategias de acoso y derribo para poder seguir haciendo lo que hasta ahora: oscuridad en las cuentas, no presentación de todos los documentos bancarios de pago, cheques y transferencias, negar acceso visual a los asientos del banco, etc. O sea, lo que le da la gana. Apoyado y aplaudido por un grupito de ignorantes que desconozco los beneficios que pueden estar sacando de esta situación, aunque de algunos me los puedo imaginar. Con la finalidad de dejar ejemplo de que el que se mueva y reclame derechos y cumplimiento de leyes y estatutos en este edificio ya sabe lo que le espera: agresión física, denuncias falsas, insultos, excrementos en el buzón de correos, etc. etc.

Otro ejemplo de profesionalidad:
Han venido varios propietarios a pedirme los Estatutos de la comunidad diciéndome que en la administración les han indicado que no pueden dárselos porque tienen más de 100 hojas, pero que se los pueden bajar de Internet.
Los estatutos tiene exactamente SEIS HOJAS y las personas mayores no suelen tener Internet.

Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 13, punto 6, dice:

''El cargo de administrador en su caso, el de secretario y administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones”.


Estatutos

Artículo 8º.- El conjunto inmobiliario nombrará Administrador Colegiado de Fincas Urbanas, que se encargará de la Administración del mismo, y que podrá ser o no dueño o inquilino de piso, apartamento, locales, etc. y llevará las cuentas de gastos e ingresos, rindiendo las mismas a la Junta General de Condueños, en los plazos y forma que dicha Junta determine. Las funciones serán las propias de todo Administrador de Fincas Urbanas.

A la vista de esto veremos lo que determinan los jueces

Los perjuicios de no tener un Administrador de Fincas ni cualificado, ni colegiado, son inmensos.

El Colegio Oficial de Administradores de Fincas tiene suscrita una Póliza de Responsabilidad Civil que responde del riesgo en las actuaciones profesionales de sus colegiados.
Asimismo tiene una Póliza de Seguro de Caución establecida por el Código Deontológico Europeo que garantiza la responsabilidad respecto a los fondos que maneja.
El Colegio ejerce de mediador en los problemas que puedan surgir, etc. etc. Con lo cual los propietarios se encuentran respaldados por una Corporación de Derecho Público, etc. etc.

jueves, 20 de agosto de 2015

JUNTA IX



Sigo con las perlas del individuo en cuestión:

(Lo escrito en bastardilla es lo que se dijo al pie de la letra)

Salta de repente diciendo que me jacto:

56:20-56:22
ABOGADO XXXXX
…es una persona que tanto se jacta de ser tan educada...

56:25-56:25
ARAMBURU
¿Yo me jacto? ¿Me jacto?

56:26-56:28
ABOGADO XXXXXXX
Si, se jacta, públicamente en su foro. ¡Por favor, manténgase en silencio hasta que se le dé la palabra Sra. Aramburu!

¿Que puedo contestar ante semejante mamarrachada? Y me manda callar, un personajillo al que por estar ahí hay que pagarle, que por lo tanto es mi empleado, que se hace dueño de la situación, que arenga a los presentes en mi contra para echar a mi acompañante y que comete todos los atropellos posibles hacia una propietaria en una junta de propietarios.

Parece ser que al que pagamos por administrar, presuntamente ya no puede ni llevar una junta ni hacer de secretario ya que se tiene que llevar al socio/amigo a manejarla. Pero eso si, a nuestra costa y con el beneplácito de la Presidenta que ni sabe ni contesta pero firma todo lo que le ponen delante y obedece lo que le manden.

Y dice que me jacto en mi foro. ¿Miente o no sabe ni de lo que habla? YO NO TENGO NINGÚN FORO. ESTO NO ES UN FORO. Ya me gustaría tenerlo, pero desgraciadamente ni mis conocimientos de informática ni mi tiempo me lo permiten. Solo manejo este blog que es gratuito de Google y donde te dicen como hacerlo paso a paso.

Y a continuación echa el discurso de los desatinos

58:04-1:00:07
ABOGADO XXXXXXX
Así mismo otra de las cuestiones es la falta de un defecto formal por parte del abogado de la Sra. Aramburu en el modo de proponer la demanda. Les indico un par de pinceladas. Esta es una cuestión muy técnica. La ley de Propiedad Horizontal y la Ley de enjuiciamiento civil… que este disconforme con acuerdos por para que presente la impugnación. En todo momento en la demanda, con argumentos legales de enjuiciamiento civil, ley de no sé qué, lo que viene a decir es que impugna los acuerdos de la junta del 8 de Abril de 2014. Si bien parece ser que su letrado no estaba solo contento con ello sino que además viene a pedir otras cosas que son lo que se denominan obligaciones (¿?) y esto es lo que les pide que cumplan con cambiar el motor, dice que tiene que afrentar el modo en que se aportan las representaciones, le pide que incorporen una serie de punto en el orden del día. Son acciones que pese a que pueden coexistir se tiene que manifestar que se tienen que acumular y se tienen que acumular. Lo que no puedes decir es que todo sea rojo y durante la demanda y sobre todo cuando pides que si no me dan el rojo que quiero que también sea azul. Estoy haciendo una reducción un tanto al absurdo pero es una forma bastante asequible para que Vds. lo entiendan. Es una cuestión, normalmente esto no se admite. El año pasado si que le obligó a rectificar lo de la demanda que eran erróneos. Vamos a ver si esta ocasión también nos lo da, porque eso genera un desamparo a la comunidad, la cual no solo tiene que defender una supuesta impugnación de un acuerdo, sino que además se le está pidiendo que haga algo que previamente, jurídicamente no está pedido al (¿?) Bueno, como les he dicho eran cinco. En primer lugar impugnaba, esto sí es una impugnación a toda regla, el nombramiento del cargo de secretario administrador. Elude a dos motivos, por primera parte en cumplimiento del artículo ocho de sus Estatutos y por otra parte alude a una supuesta falta de profesionalidad del Sr. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. En cuanto a la falta de colegiación es cierto que el artículo ocho de los estatutos que Vds. tienen, estos estatutos son del año 75. En esa fecha desde al año 68 era obligatorio que el cargo de secretario de administradores lo desarrollasen personas que estuviesen colegiadas. La ley en el año 68 decía, para ser administrador tiene que ser colegiado. ¿Qué es lo que hacen los estatutos? Reproducir una exigencia legal. Pero desde el año 75 hasta la actualidad las leyes han cambiado, sobre todo en los últimos años.

Y toda esta verborrea, encantado de escucharse, en un sótano infecto sin habilitar y sin permisos, terreno propio, y a mi, sin dejarme abrir la boca por la fuerza del acoso.

En primer lugar se pone a criticar a mis abogados. Muy profesional. Un compañerismo impecable, sobre todo por hacerlo sin estar estos presentes.

Luego dice, que aunque el administrador no está colegiado, como la ley cambió, nuestros estatutos ya no valen. En otros momentos, como explicaré, resulta que considera que a veces si que valen. O sea que según le venga bien, valen o no valen. ¿No se sabe la ley? ¿Tampoco los estatutos? ¿No los entiende?

Sigue insistiendo en que los motores del agua están en perfecto estado.

Pues parece ser que la policía no está de acuerdo, claro que pueden decir que estos dos motores se estropearon el día anterior a la inspección. Pero hoy día 19 Agosto 2015 ha ocurrido un milagro que ya contaré.

En este enlace se describen los beneficios y garantías de tener un administrador de fincas colegiado, que no tenemos y que deberíamos tener.


Y esto lo veremos en el juicio próximo y nos ceñiremos a lo que digan los jueces. Tenemos las diligencias previas en Septiembre. Veremos que martingalas aparecen.

miércoles, 12 de agosto de 2015

JUNTA VIII – LOS MOTORES DEL AGUA



Tal como describo en el post anterior el individuo en cuestión dice:

44:22-49:21
ABOGADO XXXXX

Ella pide que se sustituya la bomba de agua o que se insonorice el cuarto de motobombas y que Vds. en la junta no lo adoptaron……..

……..Una de las primeras cuestiones que se pusieron encima de la mesa fue el pedir a la empresa mantenedora del equipo de presión de motores Don Mxxxxxxxxx Fxxxxxxxx, se les solicitó un informe. Esos técnicos vienen a la comunidad, revisan el estado de los motores e informan que funcionan perfectamente…….

Esto que dice aquí lo han reflejado también en varias actas.

Ya expliqué la razón por la que en ese momento preferí llevar un técnico privado, etc. y cómo este sujeto parlante me acusó de tener la intención de trampear los resultados.

La policía vino a mi requerimiento el día 22 de Julio a las 10,30 noche y aquí está el resultado:


Está claro que 2 motores están averiados y que el informe de la empresa mantenedora, el cual jamás mostraron, probablemente existe en su imaginación.

Estamos funcionando con dos motores en vez de cuatro como deberíamos. Si uno más se avería media torre se queda sin suministro de agua.

Repito: No hay un motor averiado, sino dos. Y no solo eso, sino que hay más irregularidades en el cuarto de las bombas de agua.

Que las haré saber cuando se realicen las inspecciones correspondientes.

Esta clase de gente con estas prácticas torticeras es la que administra nuestro edificio o sea nuestro dinero, al que pagamos una barbaridad, y al que el grupito que se denomina a si mismo “la comunidad” y que se ha apoderado del edificio, aplaude con las orejas. Creen a pies juntillas todos los desatinos que les echan, no se informan, no se enteran, no ven que les engañan, ni se dan cuenta de que hay maneras de actuar que son una burla, un desprecio hacia todos los propietarios y una indecencia. Tampoco ven que estas cosas tienen repercusiones porque aquí no todos somos imbéciles.



martes, 4 de agosto de 2015

SENTENCIA JUICIO FALTAS HIJO EXPRESIDENTA



Por esta vez se ha librado por la campana.

Por la reforma de la Ley Orgánica 1795 de 30 de Marzo del 2015 las Injurias y Vejaciones han quedado despenalizadas por considerarse leves. Razón por lo cual ha sido absuelto.

O sea que a partir de ahora ya no existen ciertas FALTAS, ya que a fin de reducir el número de asuntos menores que, en gran parte, dice la ley, pueden encontrar respuesta a través del sistema de sanciones administrativas y civiles se han suprimido.

Por lo tanto las denuncias a este respecto a partir de ahora tienen que ser por vía civil.

Aquí está la sentencia que habla de amenazas cuando yo no le denuncié por eso. Mi denuncia fue POR INSULTOS Y VEJACIONES por:

·        por insultarme en las juntas.
·        echar en mi buzón escritos firmados con su pseudónimo,
·        dibujos pornográficos,
·        una baraja pornográfica,
·        un sobre con excrementos
·        una pintada pornográfica en la puerta, etc.
·        todo esto en mi buzón de correos


Espero que de todas maneras habrá aprendido que no se debe faltar el respeto de las personas, sobre todo si son mujeres y además mayores. Si tiene algo que decir que venga y hable cara a cara, que esas conductas son propias de niños, personas inmaduras o bien deficientes y no son propias de un hombre.

En el juicio negó los hechos pero tuvo la desfachatez y estupidez de decir que yo ponía verde a su madre, con lo cual estaba admitiendo motivación. También debería aprender a no mentir. Yo no pongo verde a nadie, ni he insultado a su madre jamás, solo digo que está enferma y no ligeramente, es importante lo que le pasa y vuelvo a repetir, una persona en esa circunstancia debe estar en su casa descansando y no manejando dinero y propiedades de los demás y tendría que estar llevando una vida relajada acorde a su estado, siguiendo las directrices de sus médicos.

La juez me recomendó poner otra denuncia por los insultos en la última junta, que tengo grabados, ya que ocurrieron posteriormente a esta denuncia.

Tengo solicitado el video del juicio y pensaré que postura y decisión adoptar.