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sábado, 10 de junio de 2017

PECULIARIDADES CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA - MIS PUNTOS ORDEN DEL DIA




En el tablón de anuncios hay un aviso con fecha convocatoria próxima junta general ordinaria día 1 de Julio, con los puntos del Orden del Dia ya constituidos. La misma que nos han enviado a todos los propietarios por correo y buzoneo. ¿Cómo es esto? Aquí hay un error. Se está ignorando que primero hay que anunciar la fecha y advertir a los propietarios que pueden dirigirse a la administración con los puntos que deseen se  incluyan en los Puntos del Orden del día, y después, una semana antes de la fecha, enviar la convocatoria.

Esto no puedo decir fehacientemente que es intencional pero el anterior exadmistrador hizo lo mismo como jugarreta, mandando la convocatoria y los puntos un mes antes de la junta y rechazando mis puntos del orden del día que envié inmediatamente, con la trampa de que una vez publicados ya no se podía añadir ninguno más. Tuve que echarle encima a mi abogado y hacer otra vez la petición con requerimiento notarial. Así que en este caso espero una rectificación.

La fecha no sé a quién favorece pero ese día es sábado y aquí todavía no ha llegado nadie de los que viven fuera, a mi me parece que a los propietarios no beneficia.

Ya estamos otra vez en terreno del administrador pero espero que ésta mujer no tenga la desfachatez de plantarnos en la junta  a su amiga abogada para repetir la historia al pie de la letra.

Piden desconvocar una junta que dicen está convocada – ¿Qué junta? ¿Dónde está convocada? ¿Dónde está el anuncio? ¿Cómo se desconvoca una mamarrachada? ¿A estas alturas no sabemos que en un edificio solo puede convocar juntas el/la presidente/a. ¿No sabemos que un exadministrador, ficticio además, sin oficio ni beneficio, expulsado de este edificio y de otros por irregularidades graves no puede convocar juntas, ni se pueden nombrar cargos en ella y si lo hace, él y los que participan, probablemente están cometiendo un delito?

Y dicho esto ¿ahora, qué hay que desconvocar? 

Aquí hay muchos licenciados en derecho, pero yo diría que licenciados en torcido. Licenciados (está por ver) que no saben que el verbo echar (no es el verbo hacer) y que se escribe sin hache y que en una línea no se pueden poner 5 faltas de ortografía. 

Aquí se rechaza por ambos lados a las personas que insisten que hay que ceñirse a la ley y no hay que funcionar con prácticas torticeras, que no hay que hacer reuniones en secreto excluyendo a otros propietarios, ni whatsapps solo para algunos, diciendo que es para informar a la comunidad, resultando después que no se dicen más que tonterías y al que reclama y protesta y da una opinión contraria se le echa. Se trata de decir la verdad a todos, informar de todo lo que se haya hecho mal y con pruebas, se trata de unir no de separar y el que haya sacado beneficio improcedente de la comunidad, que se indague y se sepa. Insisto: información a todos, de todo y con documentación.

POR ESO ES IMPRESCINDIBLE UNA AUDITORIA

¡Ojo! que en la convocatoria el primer punto dice: propuesta y elección de comisión delegada, según artículo 8º de los estatutos.

Quiero pensar que esto es otra equivocación, el artículo 8º solo habla de elección de administrador. Con lo cual queda fuera la elección de presidenta lo que haría que siguiera la misma persona y sin votación.

La elección de la junta directora está reflejada en el artículo 6º de nuestros estatutos y reformada en el 13º de la Ley de Propiedad Horizontal.

Adjunto mi burofax con certificación de texto y acuse de recibo con mis puntos a añadir al Orden del Día enviado a la administración y presidenta el día 8 de Junio actual.




SEÑORES PROPIETARIOS ENVIEN Vds. A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE A LA ADMINISTRACION LOS PUNTOS QUE QUIEREN SEAN INCLUIDOS EN EL ORDEN DEL DIA DE LA PRÓXIMA CONVOCATORIA

Aqui transcribo mi burofax para que pueda ser traducido por los propietarios extranjeros.

Benidorm, 8 junio 2017

Muy Sres mios:

Agradeceré informe a la comunidad que pueden enviar a esa administración los puntos del orden del día que deseen se incluyan en la convocatoria. Este anuncio hay que hacerlo antes de mandar la convocatoria y no con los puntos ya fijados como han hecho Vds. 25 días antes de la junta. Les ruego rectifiquen y avisen a los propietarios que está abierta la posibilidad de enviarlos hasta una semana antes de la junta, que es cuando habitualmente se manda la convocatoria.

De todas maneras como uno de los puntos que han redactado Vds., dice: Propuesta y Elección de Comisión Delegada según art. 8 de los estatutos de la comunidad, le señalo que ese artículo solo habla de la elección de administrador. Nada más.

Le agradeceré que cuando mande Vd. la convocatoria definitiva incluya la Propuesta y Elección de la Comisión Delegada art.13 de la LPH puntos 1,2 y 3, la cual deja claro que se nombrarán presidente y vicepresidentes por votación, (los vocales son voluntarios y no necesitan votación) actualización 06/10/2015, la cual modifica nuestros estatutos.

Por mi parte le ruego añada los puntos siguientes en mi nombre en el Orden del Día de la convocatoria de la Junta General Ordinaria a celebrar el 1 de Julio 2017:


PRIMERO

Denunciar a la presidenta actual oficial xxxxxx xxxxxx xxxxxx por dejación de funciones y mal uso de ellas:

Falta absoluta de información a la comunidad.

No denunciar actos manifiestamente ilegales realizados en el edificio por el anterior administrador después de haber sido ser despedido por irregularidades graves. (Cambio de cerraduras cuarto contadores, robo pendrive cámaras de vigilancia, juntas ilegales, realización de obras, cobrar cuotas a los propietarios, bloquear nuestra cuentas bancarias, denuncias absurdas juzgado, etc.)

Participar en una de las juntas ilegales organizada por el administrador despedido y hasta llevar votos.
Permitir que personas nombradas en esa junta ilegal actuasen en la comunidad utilizando esos nombramientos ilegales y funcionasen como tales. Entre ellas, publicar convocatorias en el tablón de anuncios, abrir cuenta en el banco a nombre de nuestra comunidad y figurar con firma en ella.

Permitir que nos bloqueasen nuestras cuentas con libro de actas y acta ilegal firmada solo por personas de cargos ficticios. A pesar de tener sentencia contra el exadministrador por no entregar documentación y no ponerse en contacto con los directores de zona, ni con la central de estos bancos, para impedirlo, etc.

Contratación letrado residente en otra ciudad sin someterlo a votación de los propietarios.

Pagar sueldo y seguridad social sin consultar con la comunidad a una persona contratada por el exadministrador después de haber sido despedido, etc. 

Lo que ha creado graves perjuicios a la comunidad por desorientación de los propietarios no sabiendo cómo actuar y a quien abonar las cuotas y algunos, por denuncias del exadministrador, han tenido que enfrentarse a juicios.

SEGUNDO

Ampliación nº cámaras de vigilancia:
Patio trasero edificio y parking,
Fachadas anterior y posterior.

TERCERO

Auditoría contable administración XXXXXXXXXXXXXXXXXXX de las fechas que marque la ley. 


Valga la redundancia esta petición la exijo en base al artículo 16.2 de la LPH y solicito que las tres sean incluidas en los puntos del Orden del Dia de la próxima Junta General Ordinaria 1 Julio 2017, que ha convocado Vd. por orden de la presidenta, no dudando será comunicado a todos los propietarios antes de su celebración.

Atentamente