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Edificio ACACIAS IV - BENIDORM (Alicante)
Blog de Beatriz Aramburu
269 apartamentos y locales - 200.000 euros presupuesto anual.

En el año 2012 Vocal y Gestor de cuentas
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viernes, 1 de septiembre de 2017

ACACIAS IV - DEMANDA JUICIO VERBAL CONTRA LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.



Tal como dije, con fecha de hoy he presentado en el juzgado la demanda de juicio verbal contra la Comunidad de Propietarios del edificio Acacias iv.

Estando en la sala del monitor de las cámaras visionando el intento de agresión física hacia el propietario J.M. tuve un intercambio de palabras con el administrador. Le pregunté qué ocurría con la instalación de la cámara de vigilancia del patio trasero del edificio. Me contestó que había otras prioridades que atender, antes que una petición particular de una persona. A esto le respondí que no era un asunto personal mío, que en ese patio estamos, el portero, la guardería, el almacén de encurtidos y yo. Que no es particular, que es general y que no hay nada más urgente que la seguridad de las personas, ya que habían ocurrido allí actos que se pueden considerar vandálicos. A eso dijo que bueno, que habría que pedir un presupuesto. Le indiqué que le había mandado un burofax al que nunca había respondido, en el que incluía el presupuesto de la empresa. Salió por peteneras que sí que me había respondido, y que mejor si pedimos para cuatro cámaras que para una, que saldría así más barato. 

¿Qué quiere decir esto? Pues que estaba mintiendo, que no sabía de qué le estaba hablando y que no se había enterado de qué le decía en mi burofax. Además ¿Quién es él para decidir qué es prioridad o no?

Dado el cariz que estaba siguiendo la conversación yéndose por los Cerros de Úbeda, y por no terminar en una discusión le dije que mejor seguiríamos hablando en otro momento. Todo esto delante de testigos.

Aquí ante cualquier acontecimiento, se cambian dos pequeños puntos, se añaden otros dos, que a primer golpe de vista parecen irrelevantes y te cambian el sentido del asunto. Tergiversando todo completamente y a difundirlo.

Lo digo porque ya en el whatsapp Unidos, alguien venía aleccionado sobre este tema diciendo que eso era una cosa particular mía, no de la comunidad y por tanto sin derecho a reclamar.

Ahora que he puesto una demanda veremos si tengo derecho o no. Ya lo dirá el juez.

He puesto en marcha también el procedimiento para impugnar la junta del 1 Julio, por dos motivos principalmente: el orden del día y los nombramientos sin votación. Aunque hay más cosas.

Mis derechos son míos y nadie tiene derecho a pisarlos.  





Aqui lo pongo en Word para que los propietarios extranjeros lo puedan traducir a sus idiomas:

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE BENIDORM

Doña Mº Teresa Beatriz Aramburu de Pero-Sanz, con DNI 15097775T residente y propietaria del apartamento bajo 1 en la calle Mirador nº 5 del Edificio Acacias IV de la localidad de 03501 Benidorm, con nºs de teléfono: fijo xxxxxxx y móvil xxxxxxxxxxxxx y dirección de correo electrónico aramburuenator@gmail.com.

Que por la presente interpongo DEMANDA DE JUICIO VERBAL, cuyo objeto es una prestación de hacer, contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS del edificio Acacias IV, de la calle Mirador nº 5 de Benidorm en base a los siguientes:

HECHOS

PRIMERO.- Que mi vivienda está situada en planta baja en plaza/patio situada en la parte posterior del edificio que sufre graves problemas de seguridad, habiendo acontecido variados actos vandálicos y de acoso, algunos de los cuales me han perjudicado gravemente. 

Este espacio tiene acceso directo a la calle sin ninguna protección, está abierto por una puerta sin cerradura que se abre al empujar,  junto a un portalón de entrada de vehículos. Desde la calle no se visualiza lo que ocurre allí.

En esa plaza se encuentra el domicilio del portero, una guardería, un almacén de encurtidos y mi domicilio.

Adjunto NOTA SIMPLE INFORMATIVA del Registro de la Propiedad y certificado empadronamiento ayuntamiento. (Documento 1 y 2)

Adjunto fotos y plano. (Documentos 3 y 4)

SEGUNDO.- Que desde hace tiempo sufrimos problemas de seguridad tanto el portero como yo, por acoso y “blocking” con insultos y aporreamiento en nuestras puertas de entrada, e introducción de basura por las ventanas, etc. Igualmente se han dañado vehículos estacionados por arrojo de piedras, líquidos corrosivos y se han vaciado el contenido de los extintores, etc.

Adjunto fotografía extintores tres totalmente vacíos y otros rotos el precinto de seguridad. En la parte derecha, pisos 2°, 8° y 10°. Lado izquierdo, pisos 5°, 7° y 11°. (Documentos 5)

Adjunto fotografía de una bolsa con tripas y cabezas de pescado, arrojada por la noche sobre mi puerta de entrada, aunque en la foto realizada por la mañana los gatos ya habían dado buena cuenta de ello. (Documento 6)

TERCERO.- El edificio cuenta con un buen número de CÁMARAS DE VIGILANCIA en portal, piscina, escaleras y parking pero ninguna detrás del edificio. En fecha 15 Febrero envié un email al administrador y a la presidenta de la comunidad urgiendo añadir otras cámaras, una en el patio y otra en el parking porque no funcionaba la que había y ofreciendo adelantar el pago. En la misma fecha la presidenta me contestó que al día siguiente llamaría a los técnicos e instalaría algunas cámaras más.

Adjunto mi email y la respuesta de la presidenta admitiendo mi solicitud y prometiendo instalarla. 

(Documentos 7 y 8)
A fecha de hoy se arregló la del parking pero no se instaló ninguna más.

CUARTO.- Con fecha 20 de Julio envié un burofax con certificación de texto y acuse de recibo reiterando mi petición a la presidenta de la comunidad y administrador, volviendo a ofrecerme a adelantar el coste.

Incluí el presupuesto de la empresa que nos proporciona ese servicio para montar una nueva cámara que asciende a 398,09 € //TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON CERO NUEVE EUROS//. Ya existe la infraestructura y el cableado central, por ser la misma vía de la cámara del parking y sería solo incorporar otra.

La comunidad ha hecho caso omiso de mi requerimiento, por lo que mi seguridad y la de otros se ve comprometida.

Adjunto mi burofax con certificación de texto y acuse de recibo del 20 Julio 2017. (Documento 9)
Adjunto presupuesto de la empresa BLACK MEDIA. (Documento 10)

FUNDAMENTOS DE DERECHO

         Primero. Competencia.- Objetivamente, y según lo previsto en los artículos 85.1 LOPJ y 45, 48, 52.2, 68 LEC, el conocimiento de este litigio corresponde a los Juzgados de Primera Instancia al que nos dirigimos.  

          Segundo. Capacidad y legitimación.- El art. 10 LEC legitima para comparecer y actuar en juicio a los titulares de la relación jurídica o del objeto litigioso. 

            Tercero.  Cuantía.- Se cuantifica la presente demanda en una cantidad de 398,09 €, teniendo en cuenta el presupuesto pedido de instalación de la cámara.

Cuarto. Procedimiento.- Son de aplicación en este procedimiento las normas relativas al juicio verbal, regulado en el artículo 437 y siguientes de la LEC, por cuanto la cuantía del proceso no supera los 6.000 euros que establece el artículo 250.2 de la LEC.

Quinto. Subsanación de defectos- Expresa el actor su voluntad de cumplir los requisitos exigidos por la Ley, interesando a tenor de lo establecido en el art. 231 LEC la subsanación de cualquier defecto en el que hubiera podido incurrirse

En orden al fondo del asunto cito:

Artículo 10 LPH 10.1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de Propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por la Administraciones Pública o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a)      Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición por parte de la Administración de deber legal de conservación.

Solicito que las costas, si las hubiere, se impongan a la parte demandada, dada la mala fe demostrada en la no instalación de la cámara, al tiempo que se siguen produciendo actos vandálicos.

Por lo expuesto

SUPLICO AL JUZGADO: téngase por presentado este escrito y documentos adjuntos y por formulada demanda de  JUICIO DECLARATIVO VERBAL contra la comunidad de Propietarios del edificio ACACIAS IV, c/ Mirador, nº 5 de Benidorm y se dicte resolución por la que estimando esta demanda se obligue a la comunidad demandada a añadir la cámara de vigilancia solicitada como medida necesaria para la seguridad de los residentes en la parte trasera del edificio.

Es justicia que pido en Benidorm a 1 de septiembre 2017

 
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RESPUESTA DE MI EMAIL DE LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD


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reyes xxxxxxxxs <reyxxxxxxxxxeiras@hotmail.com>
15 feb.








para mí
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Mañana   llamare al de las cámaras ,  a ver si puedo quedar con el  y que nos ponga alguna mas

Saludos

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Esto fue en Febrero pero ¡ HASTA HOY !

 Presupuesto cámara